Comuníquese, publíquese, etc.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; JOSE DIAZ; REINALDO GARGANO; DANILO ASTORI; AZUCENA BERRUTTI; JORGE BROVETTO; VICTOR ROSSI; JORGE LEPRA; EDUARDO BONOMI; MARIA JULIA MUÑOZ; JOSE MUJICA; HECTOR LESCANO; MARIANO ARANA; MARINA ARISMENDI.
PLAN GENERAL DE ACCION PARA LA PREVENCION,
ALERTA Y RESPUESTA A LOS INCENDIOS FORESTALES
PERIODO DIC/06 - ABR/07
I - SITUACION
Normalmente durante la temporada estival, se concreta la amenaza de incendios forestales en todo el territorio nacional; complementado con la vulnerabilidad que existe gran cantidad de material combustible
depositado con el transcurso de los años en el suelo, todo esto hace que el riesgo emergente, se califique en muy alto para las zonas sur y este del país y medio para todo el resto del territorio nacional.
II - IMPLEMENTACION
A - PROPOSITO
Establecer los mecanismos de coordinación entre todos los recursos disponibles del Estado y la Sociedad Civil Organizada para el
cumplimiento de los Objetivos Estratégicos dispuestos por la Presidencia de la República.
B- OBJETIVOS
1- Prevenir, la aparición de focos ígneos en áreas forestales del
territorio nacional.
2- Alertar, rápidamente, en caso de que se produzcan focos ígneos.
3- Responder, con prontitud y eficacia, para evitar que los focos ígneos
se propaguen y se transformen en Incendios Forestales de magnitud.
C- METAS A CUMPLIR
* En el período comprendido entre el 1º. de diciembre de 2006 y 30 de
abril de 2007, reducir a su mínima expresión los incendios forestales
en el territorio nacional con particular énfasis en la Región Sur y
Este del país.
* Reducir el riesgo de inicio y propagación de fuegos forestales a
través de la aplicación del anexo No. 1 - PREVENCION.
* Generar una alerta operativa, diseminar la misma en tiempo real a
la Instituciones intervinientes, mantener el monitoreo tecnológico y
de campo eficiente, con la aplicación del Anexo No. 2 - ALERTA Y
MONITOREO.
* Reducir la propagación de fuegos forestales, con una respuesta rápida,
coordinada y eficiente con la aplicación del Anexo No. 3 - RESPUESTA.
D- TAREAS Y ACCIONES
1- Tareas
Este Plan Nacional consta de tres tareas fundamentales, que contemplan el cumplimiento de los Objetivos Estratégicos dispuestos los cuales deberán ejecutarse a través de la articulación y coordinación de los recursos humanos y materiales de las Instituciones y Organismos intervinientes.
Las tareas a ejecutar son las siguientes:
a) Prevención
Acciones:
- Ejecutar los trabajos de limpieza y acondicionamiento de los predios
forestales, acorde al mapa de riesgos de la Dirección Nacional de
Bomberos.
- Establecer las coordinaciones de las Intendencias Municipales con
el Ministerio de Desarrollo Social, a los efectos de suscribir los
convenios correspondientes para el empleo de personal no especializado
en tareas de limpieza de zonas forestales en alto riesgo (trabajo
manual sin herramientas especiales) en el período que comprende el
presente Plan.
- Fortalecer las coordinaciones institucionales, particularmente a nivel
de los Comités Departamentales de Emergencias para lograr eficiencia
y evitar superposiciones de esfuerzos.
- Emitir los planes Institucionales y/o Departamentales que efectivicen
el cumplimiento de este Plan Nacional.
b) Alerta y Monitoreo
Acciones:
- Establecer un sistema de comunicaciones básico, para operativizar el
Sistema de Alerta y Monitoreo de Incendios Forestales (SAMIF) en el
período establecido, para la ejecución del presente Plan.
- Establecer un flujograma de activación de alertas, que sea común a
todas las Instituciones y Organizaciones intervinientes para el
período establecido.
- Ministerio de Salud Pública
- ASSE
- Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
- Dirección Nacional de Medio Ambiente- DINAMA
- Ministerio de Economía y Finanzas
- Ministerio de Transporte y Obras Públicas
- Dirección Nacional de Vialidad
- Dirección Nacional de Hidrografía
- Ministerio de Turismo y Deporte
- Intendencias Municipales
- Comités Departamentales de Emergencias
- AMCAP
- OSE
- UTE
- BSE
- Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (INIA)
- Sociedad de Productores Forestales (SPF)
- Asociación Nacional de Empresas Privadas Aeroagrícolas (ANEPA)
2. Diseño Operativo
a) En el nivel nacional
Las Instituciones y Organismos intervinientes deberán coordinar, planificar y ejecutar las acciones detalladas en las Tareas a), b) y c), acorde a las directivas generales impartidas en los Anexos correspondientes:
- Anexo No. 1 - PREVENCION
- Anexo No. 2 - ALERTA Y MONITOREO
- Anexo No. 3 - RESPUESTA
b) En el nivel departamental
Planificar y ejecutar a través de los Comités
Departamentales de Emergencias con los medios locales disponibles, las
Acciones previstas en las Tareas a), b) y c) que se detallan en los
anexos precitados.
- Diseñar en el corto plazo, un Manual de Procedimientos permanentes
para la aplicación del SAMIF.
- Emitir las Directivas Institucionales y/o Departamentales que
efectivice el cumplimiento de esta Tarea.
c) Respuesta
Acciones:
- Establecer las directivas y procedimientos generales de Respuesta y
Combate a efectos que sean las bases Fundamentales, que deberán seguir
las Instituciones involucradas para la formulación de sus Planes
respectivos y para al ejecución de la Respuesta, atendiendo el ámbito
departamental (Comités Departamental de Emergencias) y el ámbito
nacional (Sistema Nacional de Emergencias).
- Determinar los procedimientos logísticos de reposición de los insumos
consumidos durante el desarrollo de las operaciones, por las
diferentes instituciones participantes.
- Realizar las gestiones que correspondan, para posibilitar la obtención
de equipos individuales de protección, para el combate a incendios
forestales a través de mecanismos de cooperación tanto nacional como
internacional.
E- EJECUCION
1) Organismos e Instituciones participantes
- Presidencia de la República
- Sistema Nacional de Emergencias - DTOP
- Ministerio del Interior
- Dirección de la Policía Nacional
- Dirección Nacional de Bomberos
- Dirección Nacional de Policía Caminera
- Jefaturas Departamentales de Policía
- Ministerio de Defensa Nacional
- Armada Nacional
- Ejercito Nacional
- Fuerza Aérea Uruguaya
- Dirección Nacional de Meterología.
- Ministerio de Desarrollo Social
- Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca
- Dirección General de Recursos Naturales Renovables - RENARE
- Dirección General Forestal
F- RECURSOS HUMANOS
Serán aportados por los Organismos e Instituciones Intervinientes, acorde a su disponibilidad y en marco de los requerimientos que
establecen los Anexos correspondientes.
G- RECURSOS MATERIALES
1). Serán aportados inicialmente por los Organismos e Instituciones
intervinientes, acorde a su disponibilidad y en el marco de los
requerimientos que establecen los Anexos correspondientes.
2). La reposición de los insumos de funcionamiento que se hayan
consumido, se requerirán a la Dirección Técnica y Operativa
Permanente del Sistema Nacional de Emergencias por los canales del
mando correspondiente, atento a los procedimientos logísticos
predeterminados.
H - DETALLES DE COORDINACION
Este Plan entra en vigencia:
a). Para su implementación: a partir de su recepción
b). Para su ejecución:
1) Anexo No. 1 - PREVENCION - Desde ya.
2) Anexo No. 2 - ALERTA Y MONITOREO - Desde ya.
3) Anexo No. 3 - RESPUESTA - A requerimiento de la DNB.
c). La coordinación para la implementación del Anexo No. 1 - PREVENCION,
estará a cargo de los Comités Departamentales de Emergencias
respectivos.
d). La coordinación para la implementación del Anexo No. 2 Alerta y
Monitoreo, estará a cargo de la Dirección Técnica y Operativa
Permanente del Sistema Nacional de Emergencias, Servicios de Sensores
Remotos Aeroespaciales de la Fuerza Aérea Uruguaya y de la Dirección
General de Recursos Naturales Renovables y de la Dirección Nacional
de Bomberos.
e). La coordinación para la implementación del Anexo No. 3 Respuesta
estará a cargo de la Dirección Nacional de Bomberos en sus diferentes
niveles Departamentales.
f). Las instituciones que forman parte del presente plan asegurarán
la integración del presente a la planificación y ejecución existente
en sus instituciones, priorizando su cumplimiento.
g). Aquellas situaciones no previstas en el presente Plan, se resolverán
por consenso de todas las Instituciones intervinientes a
través de sus Delegados ante la Dirección Técnica y Operativa
Permanente del Sistema Nacional de Emergencias.
ANEXO NO. 1 - PREVENCION
I - IMPLEMENTACION
A - MISION
1 - Prevenir la aparición de focos ígneos en áreas forestales del
territorio nacional con particular énfasis en la región sur y este
del país.
B - ACCIONES
1- Los Comités Departamentales de Emergencias respectivos accionarán los
medios humanos y materiales disponibles, para ejecutar los trabajos
de limpieza y acondicionamiento de las áreas forestadas en sus
jurisdicciones, acorde los mapas de riesgos locales de la Dirección
Nacional de Bomberos.
2- Los Comités Departamentales de Emergencias a través de las
Intendencias Municipales correspondientes, procederán a establecer
coordinaciones con los representantes departamentales del Ministerio
de Desarrollo Social, para el empleo de personal no especializado en
tareas de limpieza de zonas forestadas en alto riesgo, en el período
que comprende el presente Plan.
3- Apoyar con los recursos locales las campañas de prevención de
incendios forestales; de la Dirección Nacional de Bomberos denominada
"Todos contra el fuego" y de la Secretaría de Prensa y Difusión de la
Presidencia de la República.
C - EJECUCION
1- Organismos e Instituciones intervinientes
- Presidencia de la República
Dirección Técnica y Operativa Permanente del sistema Nacional de
Emergencias
Secretaría de Prensa y Difusión de la Presidencia de la República
- Ministerio de Defensa Nacional
Ejército Nacional
- Ministerio de Desarrollo Social
- Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Dirección General Forestal
- Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
Dirección Nacional de Vialidad
Dirección Nacional de Medio Ambiente
- Comités Departamentales de Emergencias
Intendencias Municipales
- ANCAP
- Banco de Seguros del Estado
- Sociedad de Productores Forestales
2- Diseño Operativo
a) En el nivel nacional
Las Instituciones y Organismos precitados, emitirán las directivas a
sus reparticiones departamentales y/o regionales según el caso, a los
efectos que los respectivos jerarcas locales, coordinen y ejecuten las
acciones dispuesto en I. B
b) En el nivel departamental
Los Comités Departamentales de Emergencias respectivos, asumirán la
coordinación de los recursos humanos y materiales que las
Instituciones de nivel nacional pongan a su disposición; y ejecutarán
las acciones dispuesto en I.B.
c) Recursos Humanos
Serán aportados inicialmente por los Organismos e Instituciones
intervinientes, acorde a su disponibilidad.
d) Recursos materiales
1- Serán aportados inicialmente por los Organismos e Instituciones
intervinientes, acorde a su disponibilidad
2- Las Instituciones intervinientes, a la brevedad, elevarán a la
Dirección Técnica y Operativa Permanente del Sistema Nacional de
Emergencias, los requerimientos logísticos que sean imprescindibles
para la ejecución de las tareas dispuestas, particularmente lo
referido a combustible y lubricantes.
D) DETALLES DE COORDINACION
1) Este anexo entra en vigencia a partir de su recepción para su
implementación y ejecución.
2) Aquellas situaciones no previstas en el presente documento se
resolverán por consenso de todas las Instituciones intervinientes a
través de sus delegados, ante el Comité Departamental respectivo en
primera instancia y ante la Dirección Técnica y Operativa Permanente
del Sistema Nacional de Emergencias en casos especiales.
ANEXO No. 2 - ALERTA Y MONITOREO
I - IMPLEMENTACION
A - MISION
1- Establecer un Sistema de Alerta y Monitoreo de Incendios Forestales
(SAMIF), que permita alertar rápidamente, en caso de que se produzcan
focos ígneos en el territorio nacional y mantener el monitoreo de
los mismos hasta su extinción.
B - ACCIONES
1- Generar una Alerta Operativa oportuna y georeferenciada.
2- Diseminarla en tiempo real a los integrantes del Sistema Nacional de
Emergencias.
3- Mantener el monitoreo tecnológico y de campo actualizado para
facilitar el Proceso de Toma de Decisiones.
4- Diseñar, un Manual de Procedimientos Permanentes para el SAMIF.
C - EJECUCION
1- Organismos e Instituciones intervinientes
- Presidencia de la República
Dirección Técnica y Operativa Permanente del Sistema Nacional de
Emergencias.
- Ministerio de Defensa Nacional
Armada Nacional
Fuerza Aérea Uruguaya
Dirección Nacional de Meteorología
- Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Dirección General Forestal
Dirección General de Recursos Naturales Renovables (RENARE)
- Ministerio del Interior
Dirección Nacional de Bomberos
Dirección Nacional de Policía Caminera
Jefaturas de Policías Departamentales
Central de Operaciones 911
- Comités Departamentales de Emergencias (C.D.E.)
Intendencias Municipales
- Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (I.N.I.A.)
- Sociedad de Productores Forestales (S.P.F.)
- B.S.E. (Departamento Agronómico)
2- Diseño Operativo
a) En el nivel nacional
Las Instituciones y Organismos precitados, emitirán las directivas que
permitan establecer un Sistema de Comunicaciones básico, con la
finalidad de operativizar el SAMIF, cuya Estación Directora se
instalará en el Cuartel Centenario de la Dirección Nacional de
Bomberos. Asimismo, impartirán órdenes precisas, que permitan cumplir
con el Flujograma de Intercambio de Información y Activación de
Alertas que se detalla en el Apéndice "A" que se adjuntan.
b) En el nivel departamental
Los Comités Departamentales de Emergencias respectivos, coordinará sus
recursos locales, para adecuarse e integrarse al SAMIF, así como
también cumplir con los requerimientos del Flujograma de Intercambio
de Información y Activación de Alertas que se adjuntan, en lo que les
compete.
c) Recursos Humanos
Serán aportados inicialmente por los Organismos intervinientes, acorde
a su disponibilidad.
d) Recursos Materiales
Serán aportados por los Organismos intervinientes acorde a su
disponibilidad.
D) DETALLES DE COORDINACION
1) Este Plan entra en vigencia a partir de su recepción para su
implementación y ejecución.
2) La prescripción operativa básica, es que la información que se
intercambiará dentro del Sistema es de índole Reservada, no pudiendo
ser utilizada más allá de la atención a emergencias, particularmente
la de fuentes satelitales, acorde a los convenios internacionales
firmados por el Gobierno Nacional.
3) El Flujograma de Intercambio de Información y Activación de Alertas,
que se detalla en el Apéndice "A", está concatenado con el Flujograma
de Activación y Empleo de Medios (Apéndice A del Anexo No. 3 -
Respuestas), siendo su elemento de enlace y coordinación la palabra
"Fuego".
4) Aquellas situaciones no previstas en el presente documento, se
resolverán por consenso de todas las instituciones intervinientes, a
nivel local en los Comités Departamentales de Emergencias respectivos,
y a nivel Nacional en la Dirección Técnica y Operativa Permanente del
Sistema Nacional de Emergencias.
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo."
ANEXO Nº 3 - RESPUESTAS
I - IMPLEMENTACION.
A. Misión
Responder con prontitud y eficacia para evitar que los focos ígneos se propaguen y se transformen en Incendios Forestales de magnitud.
B. Acciones
1) Las Instituciones intervinientes, accionarán sus Recursos Humanos y
Materiales disponibles, para ejecutar las Acciones de Respuesta y
Combate a Incendios Forestales, bajo la coordinación operativa de la
Dirección Nacional de Bomberos a nivel nacional y de los Comités
Departamentales de Emergencias en lo departamental, que permitan el
control, liquidación y extinción de estos focos ígneos, en el menor
tiempo posible.
2) Esas Instituciones deberán tomar los recaudos logísticos necesarios
para contar con una autonomía de por lo menos 48 horas en combustibles
y lubricantes al inicio de las operaciones.
3) Realizar las previsiones de reposición de los insumos (combustibles,
lubricantes), una vez iniciadas las operaciones, informando lo antes
posible a la Dirección Técnica y Operativa Permanente, para que esta
pueda activar mecanismos de reposición en tiempo y forma.
4) La prescripción operativa básica será, la de activar el máximo de los
medios con que cuentan los Comités Departamentales de Emergencias y/o
la Dirección Técnica y Operativa Permanente, lo antes posible; esto
significa que es preferible y más económico para el Sistema Nacional
de Emergencia, el aproximar los medios tanto humanos como materiales
de apoyo a la Dirección Nacional de Bomberos (particularmente
maquinaria pesada y apoyo aéreo); que tener que enfrentar un evento
adverso empleando muchas horas y a veces días la maquinaria pesada y
particularmente el apoyo aéreo.
C. Ejecución
1) Organismos e Instituciones intervinientes
- Presidencia de la República
- Dirección Técnica y Operativa Permanente del Sistema Nacional de
Emergencias.
- Ministerio del Interior
- Dirección de la Policía Nacional
- Dirección Nacional de Bomberos
- Dirección Nacional de Policía Caminera
- Jefaturas Departamentales de Policía
- Ministerio de Defensa Nacional
- Armada Nacional
- Ejército Nacional
- Fuerza Aérea Uruguaya
- Ministerio de Economía y Finanzas
- Ministerio de Salud Pública
- ASSE
- Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
- Dirección Nacional de Vialidad.
- Comités Departamentales de Emergencias.
- ANCAP
- OSE
- UTE
- ANEPA
2) Diseño Operativo
a) En el Nivel Nacional
- Tomando como base los lineamientos de este Plan y flujograma de
activación y empleo de los medios que se detalla en este documento;
las Instituciones precitadas emitirán las directivas a sus
reparticiones departamentales y/o regionales, según sea el caso, a
efectos que los respectivos jerarcas locales, coordinen y ejecuten las
Acciones dispuestas en I. B.
b) En el Nivel Departamental
- Los Comités Departamentales de Emergencias respectivos, asumirán
la coordinación de los Recursos humanos y materiales que las
Instituciones de nivel nacional pongan a su disposición; y ejecutarán
las Acciones dispuestas en I. B, bajo la conducción operativa del
Oficial de mayor graduación de la Dirección Nacional de Bomberos,
presente en el lugar del evento.
- Se recomienda a los comités Departamentales de Emergencias, tomar
como base para la formulación de los planes respectivos, el Documento
del año 2005 "Plan de Respuesta ante Emergencia de Incendio Forestal"
del Departamento de Maldonado.
c) Recursos Humanos
- Serán aportados por los Organismos e Instituciones intervinientes
acorde su disponibilidad.
d) Recursos materiales.
(1) Aportados inicialmente por los Organismos e Instituciones
intervinientes, con autonomía operativa de 48 horas como mínimo.
(2) Solicitar a través de los canales del Mando correspondiente, la
reposición de combustibles y lubricantes a la Dirección Técnica y
Operativa Permanente del Sistema Nacional de Emergencias.
e) Detalles de coordinación
(1) Este Plan entra en vigencia:
- Para su implementación; a partir de su recepción.
- Para su ejecución; a requerimiento de la Dirección nacional de
Bomberos en sus diferentes niveles de conducción.
(2) La conducción operativa del presente Plan, estará a cargo de la
Dirección Nacional de Bomberos, en todos sus niveles (Departamental y
Nacional), debiendo las Instituciones integrar un representante
(máxima jerarquía presente de cada Institución) en la Estructura de
Comando de la Dirección Nacional de Bomberos, conformada en el lugar
del incidente.
(3) La prescripción operativa básica, frente a cada incidente será el de
activar en el menor tiempo posible el máximo de los apoyos
disponibles, tanto locales en primera instancia, como nacionales si
fuera necesario.
(4) El Flujograma de activación y empleo de los medios será el diagramado
en el Apéndice "A" que se adjunta, acorde a las necesidades de la
Dirección Nacional de Bomberos en sus diferentes niveles.
(5) Una vez finalizadas las Operaciones de Respuesta ante cada evento
producido; los Comités Departamentales de Emergencias afectados
elevarán un informe de actuación a la Dirección Técnica y Operativa
Permanente, el cual contendrá los requerimientos que se detallan en
el Apéndice "B", que se adjunta.
(6) Aquellas situaciones no previstas en el presente documento, se
resolverán por consenso de todas las Instituciones intervinientes, a
nivel local en los Comités Departamentales de Emergencias
respectivos, a nivel Nacional en la Dirección Técnica y Operativa
Permanente del Sistema Nacional de Emergencias.
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo."
APENDICE "B"
INFORME DE ACTUACION No.
I. MOTIVO
(Detalle del hecho ocurrido, zona geográfica, etc.)
II. FECHA
(Detalle de días, horas de duración)
III. EVACUADOS
(Si existieran)
IV. RESUMEN DE DAÑOS
(Humanos y materiales, heridos, fallecidos, hectáreas quemadas,
tanto públicas como privados, infraestructuras dañadas, etc.)
V. ACTUACIONES
a) Detalle de Instituciones y efectivos participantes.
b) Resumen de las actuaciones desarrolladas por el Comité en su conjunto
y además por cada Institución interviniente.
c) Lecciones aprendidas (errores cometidos, fallas en el despliegue, en
la coordinación, etc. etc.)
d) Aportes para mejorar procedimientos.
VI. APOYOS
a) De nivel local
b) De nivel nacional
VII. LOGISTICA
a) Necesidades de recompletamiento de los medios locales (combustibles,
lubricantes, etc.), que no hayan sido solicitados a los canales de
Mando correspondientes.
b) Estimación detallada de insumos y costos devengados por la actuación
del Comité Departamental de Emergencias.
VIII. OBSERVACIONES FINALES
(Consideraciones que sean importantes y no hayan sido contempladas
en el presente documento)
El Director del Comité Departamental
de Emergencias de.............
(firma)
Autentica:
El Secretario Ejecutivo
_______________________
(firma)