Fecha de Publicación: 14/01/2008
Página: 160-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 3

 En caso de atención domiciliaria de un parto, el profesional actuante
suministrará a los padres, por escrito y con su firma, los datos que
deberán ser presentados dentro de un plazo máximo de 30 días en el
servicio de salud al cual esté inscripto o afiliado, para la expedición
del referido Carné.
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