Fecha de Publicación: 08/12/2009
Página: 722-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 540/009

Modifícase el Decreto 220/998.
(2.973*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

                                       Montevideo, 30 de Noviembre de 2009

VISTO: la solicitud de incluir los bienes denominados "mallas de
polipropileno para envoltura de fardos, con un ancho entre uno y dos
metros" en la nómina de insumos agropecuarios exonerados del Impuesto al
Valor Agregado establecida por el artículo 39 del Decreto Nº 220/998 de 12
de agosto de 1998.

RESULTANDO: I) que el literal G del numeral 1 del artículo 19 del Título
10 del Texto Ordenado 1996 exonera del Impuesto al Valor Agregado los
bienes a emplearse en la producción agropecuaria y materias primas para su
elaboración.

II) que la referida norma faculta al Poder Ejecutivo a determinar el
listado de bienes que compone dicha nómina.

III) que los bienes en cuestión son de uso exclusivo agropecuario.

CONSIDERANDO: que se considera pertinente acceder a lo solicitado, de modo
de cumplir los cometidos legales mencionados.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 1680 de la
Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Sustitúyese el numeral 4) del artículo 39 del Decreto Nº 220/998 de 12 de
agosto de 1998, por el siguiente:

  "4) Mallas de polipropileno para envoltura de fardos, con un ancho
  entre uno y dos metros."

Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; ALVARO GARCIA; ANDRES
BERTERRECHE.
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