Fecha de Publicación: 19/11/2008
Página: 723-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 540/008

Sustitúyase el numeral 20) del art. 34 del Decreto 220/998.
(2.551*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                      Montevideo, 10 de Noviembre de 2008

VISTO: la nómina de exportación de servicios establecida para el Impuesto
al Valor Agregado por el artículo 34 del Decreto 220/98 de 12 de agosto 
de 1998.

RESULTANDO: que el numeral 20 de dicha norma, en la redacción dada por el
artículo 1º del Decreto 406/008 de 21 de agosto de 2008, incluye en la
antedicha nómina a los servicios de asesoramiento, y a los vinculados al
desarrollo informático, prestados a la Secretaría Administrativa del
Mercosur, en el marco del Proyecto "Fortalecimiento Institucional del
MERCOSUR y consolidación del mercado regional, y al Parlamento del 
Mercado Común del Sur en el marco del Convenio de Financiación ALA/2006/18-200 de 31 de agosto de 2006 suscrito entre la Unión Europea y
el MERCOSUR.

CONSIDERANDO: conveniente precisar el alcance subjetivo de la citada
disposición.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por el inciso segundo del
artículo 5º del Titulo 10 del Texto Ordenado 1996.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Sustitúyese el numeral 20) del artículo 34 del Decreto Nº 220/998, de 12
de agosto de 1998, por el siguiente:

       20) Los siguientes servicios prestados a la Secretaría
       Administrativa del Mercosur y al Parlamento del Mercado Común del
       Sur en el marco del Convenio de Financiación ALA/2006/18-200 de 31
       de agosto de 2006 suscrito entre la Unión Europea y el MERCOSUR:

a)     Servicios de asesoramiento.
b)     Servicios prestados para diseño, desarrollo o implementación de
       soportes lógicos específicos, entendiéndose por tales aquellos que
       se produzcan previa orden.
c)     Licencias del uso de soportes lógicos por un período o a
       perpetuidad.
d)     Cesión total de los derechos de uso y explotación de soportes
       lógicos.

Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; ALVARO GARCIA.
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