Fecha de Publicación: 24/12/1991
Página: 849-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 2

   Los precios del fuel oil, los disolventes, cementos asfálticos,
emulsiones asfálticas, asfaltos oxidados y productos especiales, no
incluyen el Impuesto al Valor Agregado, el que se cargará en factura.
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