En el llamado a interesados en la asignación de las frecuencias que se
determinen conforme lo previsto en los artículos anteriores, la URSEC
establecerá un plazo para las autorizaciones a conceder. Al término del
plazo establecido, la URSEC podrá renovar la autorización de uso del
espectro en carácter precario y revocable, la cual devengará el pago de
las tarifas periódicas correspondientes.