La Superintendencia de Seguros y Reaseguros por resolución fundada,
podrá solicitar como medida cautelar ante el Juzgado competente, el
embargo sobre los bienes, créditos, derechos y acciones de las empresas
privadas comprendidas en la ley que se reglamenta, cuya estabilidad
económica o financiera estuviera afectada y sobre los de aquellas
personas físicas o jurídicas que, en nombre propio o integrando el directorio de dichas empresas o el de otras sociedades, hubieran
participado en operaciones presuntamente dolosas que directa o
indirectamente pudieran haber contribuido a provocar el desequilibrio
señalado.