Fecha de Publicación: 07/12/1993
Página: 417-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 12

   La Superintendencia de Seguros y Reaseguros por resolución fundada,
podrá solicitar como medida cautelar ante el Juzgado competente, el
embargo sobre los bienes, créditos, derechos y acciones de las empresas
privadas comprendidas en la ley que se reglamenta, cuya estabilidad
económica o financiera estuviera afectada y sobre los de aquellas
personas físicas o jurídicas que, en nombre propio o integrando el directorio de dichas empresas o el de otras sociedades, hubieran
participado en operaciones presuntamente dolosas que directa o 
indirectamente pudieran haber contribuido a provocar el desequilibrio
señalado.

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