Fecha de Publicación: 29/10/1980
Página: 320-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 2

   Se declaran, a los efectos indicados en el artículo 137 de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967 de interés general para la explotación
rural, los artículos de primera necesidad a que se alude en el artículo anterior.
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