Fecha de Publicación: 29/12/2003
Página: 840-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 31

 La Administración de las Obras Sanitarias del Estado dispondrá la 
distribución de las partidas establecidas en el artículo 1º de acuerdo 
con su apertura programática y comunicará la misma a la Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto en un plazo de 30 días a partir de la 
publicación de este Decreto.
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