Fecha de Publicación: 29/12/2003
Página: 840-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 21

 Todas las compensaciones porcentuales vigentes en el Organismo se 
calcularán sobre el sueldo escala de cada categoría según corresponda 
excepto la prevista en el numeral 7 del artículo Nº 19º.
Ayuda