Fecha de Publicación: 22/02/1994
Página: 490-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 52/994

Inclúyese las enajenaciones de las bolsas plásticas para ensilaje acoplables a ensiladoras en la exoneración del Impuesto al Valor 
Agregado.

Ministerio de Economía y Finanzas

                                       Montevideo, 8 de febrero de 1994

      Visto: que las bolsas plásticas para ensilaje acoplables a
ensiladoras, constituyen un insumo agropecuario.

     Considerando: que en tal virtud, resulta procedente incluir las
enajenaciones del referido insumo, en la exoneración del Impuesto al Valor
Agregado.

     Atento: a lo dispuesto por el literal j) del numeral 1º del artículo
17º del Título 10 del Texto Ordenado 1991.

     El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

    Agrégase al artículo 18 del Decreto N° 39/990 de 31 de enero de 1990, el siguiente literal:

  "p) Bolsas plásticas para ensilaje acopiables a ensiladoras."

LACALLE HERRERA - IGNACIO de POSADAS MONTERO
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