Fecha de Publicación: 06/11/1981
Página: 320-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 8

          La Escuela de Sanidad "Dr. José Scosería" sólo podrá reconocer
los Cursos de Auxiliares de Enfermería Integral que impartan otras
Instituciones, públicas o privadas, siempre que los mismos se ajusten a
las normas básicas contenidas en la presente reglamentación.
Ello se entenderá sin perjuicio de la libertad de dichas Instituciones
para impartir enseñanza en cursos extra curriculares.
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