Fecha de Publicación: 10/11/1981
Página: 348-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE JUSTICIA

Artículo 8

  Edición, distribución y venta. - La edición, distribución y venta de las estampillas "Tasa de Servicios Registrales", estará a cargo del Ministerio de Justicia.
  Los gastos y comisiones que demande este cometido se deducirán del
producido de la Tasa, cuyo líquido se verterá mensualmente a Rentas
Generales, de acuerdo con los reglamentos vigentes.
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