Fecha de Publicación: 02/01/1997
Página: 2-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 31/01/1997.

Artículo 6

  La Dirección Nacional de Aduanas requerirá el cumplimiento del Régimen
de Origen Mercosur, de conformidad a lo establecido en los artículos 1º,
2º y 3º de la Decisión Nº 5/96 del Consejo del Mercado Común, aprobada
por Decreto del día de la fecha.
                                              
                                                                          
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