Fecha de Publicación: 02/01/1997
Página: 2-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 31/01/1997.
Decreto 511/996

Recógese en un nuevo Decreto la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) que
refleje estrictamente la aprobada por la Resolución Nº 36/995 del Grupo
Mercado Común.
(3127)
                                                                
Ministerio de Economía y Finanzas
 Ministerio de Relaciones Exteriores
   Ministerio de Industria, Energía y Minería
     Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
                                                                    
                                      Montevideo, 31 de diciembre de 1996
                                                                          
    Visto: el Decreto Nº 466/995 de 29 de diciembre de 1995, que aprueba
la Nomenclatura Común del Mercosur ajustada al Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de Mercaderías, de conformidad a lo dispuesto
por la Resolución Nº 36/995 del Grupo Mercado Común.
                                                                     
    Resultando: que dicho Decreto adiciona a la referida nomenclatura
estructurada a ocho dígitos, los dígitos nueve y diez a los efectos de su
utilización interna.
                                                                    
    Considerando: conveniente recoger en un nuevo Decreto la Nomenclatura
Común del Mercosur (NCM) que refleje estrictamente la aprobada por la
mencionada Resolución Nº 36/995 del Grupo Mercado Común y sus
modificaciones posteriores, sin perjuicio de la facultad del Ministerio 
de Economía y Finanzas para realizar aperturas complementarias de acuerdo
a requerimientos internos.
                                                                         
    Atento: a lo expuesto y a lo establecido por el artículo 2º de la Ley
Nº 12.670, de 17 de diciembre de 1959 y por el artículo 4º del 
Decreto-Ley Nº 14.629, de 5 de enero de 1977.
                                                                     
    El Presidente de la República                                         
                                                                          
                                DECRETA:                                  
                                                                          

Artículo 1

  Apruébase la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) ajustada a la
Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de
Mercaderías con su correspondiente Arancel Externo Común (AEC), que 
figura como Anexo I y forma parte integrante del presente Decreto.
              
                                                                          


		
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