Decreto 510/990
Precisan con carácter general las categorías protocolares quienes ocupan
las funciones de dirección en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Montevideo, 6 de noviembre de 1990.
Visto: lo dispuesto en los artículos 17 y 18 del decreto ley 14.206,
de 6 de junio de 1974.
Resultando: I) Que los usos y costumbres diplomáticos determinan que
los funcionarios que ocupen los cargos de mayor grado jerárquico en los
Ministerios de Relaciones Exteriores sean presentados con determinados
rangos;
II) Que igualmente es habitual que los funcionarios que han ejercido
funciones de jefes de misión permanente continúen utilizando a efectos
protocolares, la denominación correspondiente.
Considerando: que resulta conveniente precisar con carácter general
las categorías protocolares con las que serán presentados quienes ocupan
las funciones de dirección en el Ministerio de Relaciones Exteriores,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
El Director General de Secretaría, el subdirector General de
Secretaría, los Directores Generales para Asuntos Políticos, para Asuntos
Económicos, para Asuntos Culturales y para Asuntos Jurídicos, el Director
del Instituto Artigas del Servicios Exterior y el Director de Protocolo,
serán presentados como Embajadores, con carácter transitorio y a los
solos efectos protocolares.