Fecha de Publicación: 11/03/2014
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Carilla: 11

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 4

 AUTORIDAD DE APLICACIÓN: La Dirección Nacional de Aduanas será la única
Autoridad Certificadora OEC de Uruguay, tendrá por tanto la potestad
exclusiva de otorgar los Certificados OEC en nuestro país y la
responsabilidad sobre el funcionamiento del Programa OEC.
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