MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
La Dirección Nacional de la Propiedad Industrial podrá solicitar en forma directa, a la Asociación Uruguaya de Agentes de la Propiedad Industrial o a quien ésta designe, la información que estime pertinente a efectos de una mejor evaluación de las circunstancias a que refiere el artículo 6º del presente Decreto.Ayuda