Fecha de Publicación: 04/01/2002
Página: 105-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 6

 Los funcionarios presupuestados o contratados, a quienes se asigne 
transitoriamente las funciones que a continuación se detallan percibirán 
mientras dure el desempeño de estas, una partida complementaria por la 
diferencia que existe entre las remuneraciones de su cargo y los 
respectivos grados de la escala. El otorgamiento de funciones a partir 
del 1º de enero de 1998, será vía concurso. Todas las funciones serán 
objeto de revisión periódica a efectos del mantenimiento de las mismas, 
según lo establezca la reglamentación.

Función                                 GEPU            Cant.
Gerente Administrativo CSM               57***            1
Gerente Regional                         55**             5
Asesor de Gerencia                       50               1
Técnica en Prensa y RRPP                 45               1
Jefe de Coordinación                     43               1
Publirrelacionista                       41               1
Coord. De Fisc. de Acc. Trabajo          41               2
Asistente Social                         36               1
Publirrelacionista Adjunto I             32               2
Publirrelacionista Adjunto II            28               3
Operador de Procesam. Gráfico            18               1
Médico Jefe de Departamento              48.1 *           4
Médico Jefe de Servicio                  45.1 *           10

* - Con fecha 20.7.88 el Directorio resolvió que las ubicaciones 
presupuestales para las funciones asignadas a los médicos de la C.S.M. 
que cumplen horario completo, serán las siguientes:

Función                                           GEPU
Médico Jefe de Departamento                        52
Médico Jefe de Servicio                            49

** Estas funciones solo pueden otorgarse a funcionarios que tengan el 
cargo de Gerente de División Sucursales y Agencias (Categoría NII, grado 
1).
*** Esta función solo puede otorgarse al funcionario que tengan el cargo 
de Gerente de División y desempeñe sus tareas en la División Central de 
Servicios Médicos.
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