Fecha de Publicación: 04/01/2002
Página: 105-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

 Las escalas de sueldos que se incluyen en este Presupuesto corresponden 
al cumplimiento de 6 horas y cincuenta minutos diarios de labor. A los 
funcionarios que no opten por este sistema se les realizará el descuento 
correspondiente con excepción de los Médicos de la C.S.M.
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