Fecha de Publicación: 07/09/1978
Página: 602-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 19/09/1978.

Artículo 41

  La Comisión Honoraria Técnico Asesora podrá solicitar directamente a la 
Dirección Nacional de Identificación Civil y al Registro Nacional de 
Empresa-Empresario, toda la información que considere necesaria para el 
debido cumplimiento de los fines de la ley que se reglamenta.
Ayuda