Fecha de Publicación: 07/09/1978
Página: 602-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 19/09/1978.

Artículo 38

  Los empresarios deberán comunicar al Registro, su cambio de domicilio o 
de ubicación de sus empresas. El Registro los anotará y los comunicará de 
inmediato a los organismos usuarios.
Ayuda