Fecha de Publicación: 03/10/1991
Página: 18-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 232

   Derógase el decreto 640/973 de 8 de agosto de 1973.
   Mantiénense en vigencia los regímenes particulares que existan en
materia de procedimiento administrativo, en razón de la especialidad de
las reparticiones en los que se aplican, el presente Reglamento será de
aplicación supletoria en las tramitaciones administrativas cuyos 
regímenes especiales subsistan. 
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