CONSEJO DE MINISTROS
Dicha numeración compete a la Secretaría de la Presidencia de la República quien deberá remitir a la Dirección del "Diario oficial" la lista de los decretos aprobados y de las resoluciones dictadas y cuya publicación se haya ordenado. Asimismo remitirá las leyes promulgadas, cuya numeración también será correlativa, pero no encuadrado en series de clase alguna.Ayuda