Las designaciones y promociones de funcionarios deben dictarse bajo la
forma de resoluciones. En general, los actos administrativos dictados en
un expediente a petición de parte, son resoluciones.
Los decretos pueden dictarse en un expediente como consecuencia y
culminación de su trámite, o pueden dictarse sin que existan antecedentes
que posean la forma de expediente.
CAPITULO II
De la estructura formal de los actos y de
algunas formalidades especiales