PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Infracciones aduaneras.- La violación de las disposiciones legales y reglamentarias del presente régimen que impliquen la comisión de una infracción aduanera, serán sancionadas por la Dirección Nacional de Aduanas o la autoridad judicial, según corresponda, aplicando la legislación vigente en materia infraccional.Ayuda