Información adicional.- La Dirección Nacional de Aduanas podrá solicitar a los usuarios de los regímenes que se reglamentan, operadores postales, agentes de carga y demás personas vinculadas a la actividad aduanera relacionadas con los envíos postales internacionales, toda la información que considere necesaria respecto a las operaciones en las que participen a los efectos del ejercicio de sus funciones de facilitación y control. Asimismo, la Dirección Nacional de Aduanas podrá implementar para estas operaciones, un sistema de alertas tempranas.