Fecha de Publicación: 19/01/2010
Página: 131-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 5/010

Fíjanse las Tasas Globales Arancelarias intra y extra zona, para los
productos del Sector Automotor.
(68*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
   MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

                                            Montevideo, 7 de Enero de 2010

VISTO: el Decreto N° 642/006 de 27 de diciembre de 2006, que fijó las
tasas globales arancelarias aplicables al comercio intra y extra zona.

RESULTANDO: que se ha realizado un análisis de los niveles arancelarios
vigentes en el sector automotor y se ha determinado la necesidad de
incorporar algunas modificaciones puntuales a dichos niveles arancelarios.

CONSIDERANDO: que resulta por tanto conveniente modificar las tasas
globales arancelarias intra y extra zona aplicables a algunos ítems
arancelarios del sector automotor.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2° de la Ley N°
12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de
enero de 1977.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjase las Tasas Globales Arancelarias intra y extrazona contenidas en el
Anexo que se adjunta y forma parte del presente Decreto, para los
productos del Sector Automotor que en cada caso se indican en dicho anexo.


		
		Ayuda