Fecha de Publicación: 26/12/2007
Página: 665-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 11

 Agrégase al artículo 34 del Decreto Nº 220/998, de 12 de agosto de 1998,
el siguiente numeral:

"23. Los servicios prestados por los prácticos navales en el ejercicio de
su función."
Ayuda