Facúltase a la Dirección General de Casinos, en caso de necesidades de
servicio, a arbitrar el procedimiento correspondiente a efectos de
habilitar el pasaje de personal que reviste en el Escalafón R -
Especializado, al sector administrativo - Escalafón CC o C, siempre que
existan vacantes a esos efectos.-
Al producirse la toma de posesión de dicho personal en el nuevo
escalafón, lo que se deberá realizar en el último grado del mismo, se
eliminarán los cargos que mantenían a esa fecha.-