Fecha de Publicación: 17/09/1985
Página: 727-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 09/10/1985.

Artículo 6

  A los efectos de determinar si en la Empresa FUNSA se cumple con los salarios mínimos fijados en los artículos 2do., 4to. y 5to. durante la vigencia del presente decreto se considerarán los salarios básicos multiplicados por el factor uno con sesenta, en razón del sistema especial de incentivos existente a la fecha en la misma.
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