Fecha de Publicación: 04/11/1993
Página: 170-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 2

   Autorízase al Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas a
confeccionar un Texto Ordenado de las normas relativas al Registro,
contenidas en el decreto 385/992 de 13 de agosto de 1992, en el presente
decreto y en las normas modificativas que pudieran dictarse en el futuro.
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