Fecha de Publicación: 09/03/2026
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 14

   Constituirán infracciones leves de acuerdo a la calificación establecida por el artículo 2° del Decreto N° 186/004, de 8 de junio de 2004, aquellas que impliquen no llevar en orden y al día los datos de la Planilla de Control de Trabajo.
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