PUBLÍQUESE, comuníquese, oportunamente, archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; EDUARDO BONOMI; PABLO FERRERI.
COMPROMISO de GESTIÓN
entre el MINISTERIO del INTERIOR y la DIRECCIÓN GENERAL DE SECRETARÍA
AÑO 2019
En Montevideo, el día ____ de _______ de 201_, por una parte el Ministerio del Interior (en adelante MI), representado por el Sr. Ministro del Interior y por la otra, la Secretaría del Ministerio del Interior, representada por el Director General acuerdan el siguiente Compromiso de Gestión:
CLAUSULA 11ª.- ANTECEDENTES
El Ministerio del Interior tiene como misión regir, ejecutar, controlar y evaluar las políticas, planes y programas referidos a la Seguridad Pública, garantizando el libre ejercicio de los derechos y libertades fundamentales.
Será un organismo altamente técnico y profesionalizado que abordará la seguridad desde una óptica integral en la cual prevención, disuasión, represión y sanción del delito sean fundamentales, estando al servicio de la sociedad y operando en cooperación con otros organismos gubernamentales, instituciones y organizaciones sociales.
El Compromiso de Gestión que comprende a la totalidad del personal del Ministerio del Interior ha contribuído a un cambio en la cultura organizacional desde el desarrollo de capacidades humanas para la profesionalización de las funciones, como el desarrollo de tecnologías de la comunicación y la información que propenden a protocolizar procedimientos internos y servicios a la ciudadanía. Con el mismo, se busca generar una nuevo modelo de gestión basado en resultados, donde el personal sea evaluado por su capacidad y compromiso con el servicio público.
CLAUSULA 2ª.- OBJETO
El objeto de este compromiso de gestión es fijar, de común acuerdo, metas e indicadores que redunden en un mejor cumplimiento de los los objetivos estratégicos del organismo comprometido, estableciendo la forma de pago de la contrapartida correspondiente al cumplimiento de las metas.
CLAUSULA 3ª.- COMPROMISOS DE LAS PARTES
El Ministerio del Interior se compromete a cumplir con las metas que se detalla en el Anexo 1 que es parte integrante de este contrato, las cuales contribuyen al logro del objetivo de Promover la utilización de herramientas de diagnóstico y análisis de Planificación Estratégica e implementar las mismas contribuyendo al cumplimiento de la Misión
CLAUSULA 4ª. NORMATIVA
* Ley 18.719 del 27 de diciembre de 2010, art. 208
* Ley 19.149 del 24 de octubre de 2013, art. 57 y sgtes.
* Decreto N° 163/014 del 4 de junio de 2014
CLAUSULA 5ª. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
Se constituirá una Comisión de Seguimiento y Evaluación del Compromiso de Gestión, integrada por representantes de la Dirección General, de la Dirección de la Policía Nacional y del Área de Gestión y Seguimiento Presupuestal, tanto titulares como alternos.
La Comisión tiene como cometido evaluar el grado de cumplimiento de las metas en los plazos establecidos en el compromiso, a partir de la documentación pertinente. El informe de la Comisión de Seguimiento se emitirá en un plazo no superior a 45 días luego de la fecha límite para el cumplimiento de la meta, remitiéndose inmediatamente a la Comisión de Compromisos de Gestión.
Las resoluciones se tomarán por mayoría y el informe deberá estar firmado por al menos dos de sus integrantes.
La Comisión de Compromisos de Gestión podrá solicitar en cualquier momento a la Comisión de Seguimiento y Evaluación informes sobre el avance en el cumplimiento del compromiso.
CLAUSULA 6ª. PERÍODO DE VIGENCIA
El presente Compromiso de Gestión tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2019.
CLAUSULA 7ª. TRANSPARENCIA
El Ministerio del Interior se compromete a poner a disposición toda información que la Comisión de Seguimiento y Evaluación requiera para el análisis, seguimiento y verificación de los compromisos asumidos a través del presente Compromiso de Gestión.
Una vez aprobado el presente compromiso, se remitirá copia digital a la Comisión de Compromisos de Gestión y se publicará en la página web del organismo.
Asimismo, una vez evaluado el cumplimiento de las metas, el Ministerio del Interior publicará los resultados del presente Compromiso en su página Web.
CLAUSULA 8ª. SALVAGUARDAS
La Comisión de Seguimiento y Evaluación podrá, por mayoría y con previa aprobación de la Comisión de los Compromisos de Gestión, ajustar las metas establecidas en el Anexo 1 si su cumplimiento fuera impedido por razones debidamente fundadas.
Dichos ajustes deberán ser solicitados por el Director General de Secretaría y refrendados por el Ministro del Interior.
CLAUSULA 9ª. EXCEPCIÓN
A partir del 12 de enero de 2019 no se abonará el 50% de la partida por Compromiso de Gestión a aquellos evaluadores y supervisores que no den cumplimiento con la Evaluación de Desempeño Anual (artículo 9° del Decreto N° 431/016 y modificativo) en las condiciones establecidas por la administración. La no percepción del beneficio se aplicará en el mes siguiente posterior a la verificación del incumplimiento, independientemente del año en el que se produzca la omisión.
El presente Compromiso de Gestión se suscribe en Montevideo, el _____ de ______ de ______.
"Ver información adicional en el Diario Oficial digital."