Fecha de Publicación: 04/12/2007
Página: 485-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 10

 Los Agentes de Retención deberán presentar mensualmente, declaración
jurada informando los envíos o productos realizados por los sujetos
pasivos gravados por la Tasa y el monto generado por dicho concepto.
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