Decreto 456/977
Se modifica disposiciones del Reglamento Orgánico y Funcional de las Reparticiones Interiores del Ministerio de Defensa Nacional.
Ministerio de Defensa Nacional.
Montevideo, 9 de agosto de 1977.
Visto: la actual organización del Departamento Administrativo del
Ministerio de Defensa Nacional y la necesidad de adecuar los relevantes
cometidos que tiene a su cargo, al nivel jerárquico de Dirección
Administrativa.
Considerando: I) El incremento considerable que han experimentado el
número de personal y medios materiales con que dispone en la actualidad el
Ministerio de Defensa Nacional;
II) Que proporcionalmente se ha vuelto más evidente la necesidad de una
mejor y más efectiva dirección, coordinación y supervisión del gobierno y
administración del personal y medios anteriormente mencionados.
Atento: a lo informado por el Asesor Letrado del Ministerio de Defensa
Nacional,
El Presidente de la República
DECRETA:
Modifícanse los artículos 42º, 43º, 44º, 45º, 46º, 47º, 48º y 49º del
Reglamento Orgánico y Funcional de las Reparticiones Interiores del
Ministerio de Defensa Nacional, aprobado por el decreto 24.998, de fecha
1º de junio de 1971, modificado por decreto 25.124 de fecha 12 de
diciembre de 1972, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
"ARTICULO 42º. La Dirección Administrativa se integra con:
- Departamento Suministros.
- Departamento Personal.
ARTICULO 43º. A la Dirección Administrativa le compete:
a) Dirigir, coordinar y supervisar los medios y sistemas de seguridad de
los locales del Ministerio;
b) Ejercer la jefatura superior en el gobierno y administración del
personal y medios materiales;
c) Dirigir los suministros tendientes a satisfacer las necesidades de
materiales y servicios de las reparticiones interiores del Ministerio
de Defensa Nacional;
d) Programar y sustanciar las compras directas tendientes a satisfacer
las necesidades mencionadas anteriormente.
ARTICULO 44º. El Departamento Personal se integra con:
- División Personal Interno.
- División Servicios Interno.
ARTICULO 45º. A la División Personal Interno le compete:
- Tramitar todo asunto referente al personal asignado a la Secretaría
de Estado.
A la División Servicios Internos le compete:
- Contralor de la utilización de los medios de transporte.
- Supervisar los servicios internos.
ARTICULO 46º. El Jefe del Departamento Personal tiene los siguientes
cometidos:
a) Ejercer la jefatura del Personal asignado a las reparticiones
interiores del Ministerio de Defensa Nacional;
b) Supervisar los servicios internos;
c) Supervisar los medios de transporte asignados a las reparticiones
internas de la Secretaría de Estado;
d) Sus atribuciones administrativas y disciplinarias, son las
correspondientes a jefe de Batallón o Unidad similar.
ARTICULO 47º. El Departamento Suministros se integra con:
- Sección Regulación y control.
- Sección Proveeduría.
-Sección Adquisiciones.
ARTICULO 48º. El Departamento Suministros tiene los siguientes cometidos:
a) Concretar y satisfacer las necesidades de materiales y servicios de
las reparticiones interiores del Ministerio de Defensa Nacional;
b) Registrar y controlar el movimiento de existencias patrimoniales de
las mismas;
c) Programar las compras directas.
ARTICULO 49º. Al jefe del Departamento Suministros le compete:
a) Visar las órdenes de compras directas;
b) Visar las órdenes de provisión;
c) Visar periódicamente las existencias en depósito y la conservación de
los Bienes de Uso".