Fecha de Publicación: 28/11/2002
Página: 557-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 7

 La tenencia de los Bonos cuya emisión se reglamenta, así como su renta y 
las utilidades generadas por diferencias cambiarias o de cotización, 
están exentas de todo gravamen impositivo, salvo en lo que refiere a la 
Renta de la Industria y el Comercio.-
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