Fecha de Publicación: 28/10/1993
Página: 137-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE TURISMO

Artículo 2

   Las Empresas de Arrendamientos de Automóviles sin Chofer, para ejercer
su actividad, deberán previamente inscribirse en el Registro de
Prestadores de Servicios Turísticos que a tal efecto lleva el Ministerio
de Turismo, cumpliendo con los siguientes requisitos:

   I) Presentar la correspondiente solicitud de inscripción la cual
deberá contener:

   a) Nombre de la empresa, domicilio, identidad de sus titulares,
directores, gerentes y/o factor, razón social y fotocopia autenticada del
contrato social o de sus estatutos.
   b) Certificado de buena conducta expedido por la Jefatura de Policía
del Departamento en que se domicilien los titulares directores y/o 
factores de la Empresa.
   c) Certificación por Contador Público del capital afectado al giro de
la Empresa, o en su defecto, un estado de responsabilidad de los
titulares, cuando se trate de empresas unipersonales.
   d) Constancia de inscripción en los organismos de previsión social que
correspondan.
   e) Constancia de inscripción de la Dirección General Impositiva.
   f) Carácter de ocupación del local donde se instale la casa Central.

  II) Contar con un mínimo de veinticinco automóviles.

  III) Las unidades afectadas al servicio deberán poseer libreta de
circulación y título de propiedad a nombre de la empresa que se registra
y no podrán tener una antigüedad de más de tres años en el caso de autos
hasta 1.800 c.c. y de 5 años para los de más de 1.800 c.c. lo que se
areditará mediante la documentación pertinente. Sin perjuicio de ello,
podrán contar con autos de lujo que no reúnan el requisito de la
antigüedad hasta el máximo del 10% de la flota debidamente autorizados por
el Ministerio de Turismo. En caso excepcionales y debidamente
fundamentados el Ministerio de Turismo autorizará el funcionamiento de
empresas cuya flota de automóviles esté integrada en un 30% (treinta por
ciento) por automóviles de más de 1400 cc y no tengan una antigüedad
superior a los tres años.
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