Fecha de Publicación: 07/02/2023
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Fe de erratas publicada/s: 21/03/2023.

Artículo 17

   (Provisión de vacantes) La empresa eliminará 2/3 de las vacantes que se generen entre el 1° de enero del 2023 y el 31 de diciembre de 2023, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 49 y 50 de la Ley N° 18.651 (Ley de protección integral de las personas con discapacidad), artículo 4 de la Ley N° 19.122 (afrodescendientes) y artículo 12 de la Ley 19.684 (personas trans).
   A tales efectos, se elevará al 30 de Setiembre y al 31 de diciembre del presente año a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas el nuevo padrón de cargos con la eliminación de las vacantes mencionadas, así como el nuevo importe anual del Grupo 0 "Servicios Personales".
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