Fecha de Publicación: 14/07/1988
Página: 84-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 43

   Estarán exoneradas del Impuesto al Valor Agregado:

a) La circulación de bienes y la prestación de servicios, en zonas
   francas.

b) la introducción de bienes desde el extranjero a zonas francas.
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