Fecha de Publicación: 14/07/1988
Página: 84-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 17

   Las solicitudes para la instalación de zonas francas estatales o
privadas que el Ministerio de Economía y Finanzas considere viables para
su autorización, serán remitidas por dicha Secretaría de Estado a la
Comisión Honoraria Asesora a que se refiere el artículo 6° de la ley
15.921. 
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