Fecha de Publicación: 27/07/1976
Página: 188-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Fe de erratas publicada/s: 06/08/1976.

Artículo 34

Los fardos o embalajes que contengan alguno de los productos comprendidos
en la Convención Unica de 1961 serán enumerados para su exportación con
el número que le corresponda al certificado de exportación respectivo.
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