Fecha de Publicación: 31/12/2004
Página: 501-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 13

 Las infracciones detectadas por incumplimiento a la normativa vigente en
la materia, serán sancionadas de acuerdo a las normas sancionatorias, de
conformidad con los cometidos sustantivos de cada uno de los organismos o
entidades públicas intervinientes.
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