Fecha de Publicación: 29/12/2011
Página: 11
Carilla: 11

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 6

 Una vez que se haya registrado en la DNE el proyecto, el Responsable
Técnico de Instalaciones de EST deberá presentar en la URSEA el proyecto
de EST así como una declaración jurada, a efectos de estudiar los aspectos
de calidad y eficiencia del mismo.
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