Fecha de Publicación: 08/10/2009
Página: 73-A
Carilla: 7

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 17

 Informe de actuación. Una vez realizado el procedimiento, el CERTuy
elaborará un informe de lo actuado, el cual, será remitido al responsable
del organismo, al Consejo Directivo Honorario de AGESIC y al Consejo
Asesor de Seguridad Informática de AGESIC.
Ayuda