Fecha de Publicación: 31/12/2021
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Carilla: 294

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 16

     Eliminación de Vacantes. 
     La empresa aplicará la restricción de eliminar el 67% de las vacantes que se generen a partir del 1° de julio del 2021 hasta alcanzar una estructura objetivo de 6105 cargos, a excepción de las que deben llenarse con personal discapacitado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49º de la Ley Nº 18.651, de 19 de febrero de 2010 y con personal afro?descendiente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 19.122, de 21 de agosto de 2013.
  
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