Fecha de Publicación: 04/09/1980
Página: 593-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 2

   Actualízanse los montos mínimo y máximo de multa establecidos en el
artículo 147 de la ley 14.859, de 15 de diciembre de 1978 los que se
fijan, a partir de la fecha, en N$ 18,31 y N$ 18.314,00 respectivamente.
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