(Valores Referenciales de Interconexión): En el lapso que medie entre la
solicitud a la URSEC y el pronunciamiento de esta última respecto a la
fijación de los precios, regirán los valores referenciales de
interconexión que se muestran en el cuadro establecido en el presente
artículo. La URSEC definirá, a más tardar el 1º de septiembre del año
2003, la necesidad y conveniencia de modificar estos valores
referenciales que deberían regir a partir del 1º de enero del año 2004.
Valores Referenciales (en
Concepto Unidad de medida dólares estadounidenses)
Origen y terminación red 0,03 hasta el 31/12/2002
Minuto
telefónica fija 0,0225 hasta el 31/12/2003
Origen y terminación red 0,30 hasta el 31/12/2002
Minuto
móvil 0,25 hasta el 31/12/2003
Puertos Cargo fijo único 1.000.-
Precio referencial de
Coubicación alquiler mensual para 400.-
una superficie de 9 m2
Señalización sin cargo
Asistencia Telefónica
Directorio Operadora LDN Minuto 0,05
Directorio Operadora LDI Minuto 0,22
Emergencias Minuto 0,02