Fecha de Publicación: 10/12/1997
Página: 538-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc. SANGUINETTI - LUIS MOSCA

                REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA


Inciso 05 - Ministerio de Economía y Finanzas


CAPITULO I: Objetivos Estratégicos

   Al Ministerio de Economía y Finanzas le compete la conducción superior
de la política nacional económica, financiera y comercial; coordina su
planificación y efectúa la programación y control de su ejecución, así
como la administración de los recursos públicos de todo origen, de acuerdo
con prioridades establecidas, contribuyendo al desarrollo económico y
social del país.

   Es rector de los sistemas de administración financiera, tributaria y
aduanera y del sistema arancelario; coadyuva a potenciar la competividad
del país, promoviendo la inserción de sus productos y servicios en el
exterior.

CAPITULO II: Cometidos

1. Cometidos sustantivos

* Definir, programar e instrumentar la política económica, financiera y
  comercial del país y controlar su cumplimiento.

* Intervenir en las negociaciones con el Mercado Común del Sur y con
  entidades internacionales vinculadas al ámbito de su competencia.

* Administrar la Hacienda Pública, y lo que se relaciona con ella en
  materias atribuidas a otros Ministerios.

* Definir políticas en materia de mercados de valores y de capitales,
  deuda pública, funcionamiento de bancos, casas bancarias y afines.

* Efectuar el contralor financiero de los organismos del Estado.

* Realizar el contralor de las organizaciones comerciales trustificadas.

* Intervenir en los acuerdos con organismos crediticios internacionales.

* Formular el Presupuesto Nacional, la Rendición de Cuentas y Balance de
  Ejecución Presupuestal y efectuar el seguimiento de su ejecución.

* Coordinar los sub-sistemas Presupuestario, de Tesorería, de Crédito
  Público, de Contabilidad y de Control Interno que integran el sistema de
  Administración Financiera de la Administración Central, conducir y
  supervisar su implantación y mantenimiento.

* Auditar los sistemas de control administrativo y de gestión del Sector
  Público y controlar la legalidad y el funcionamiento de las sociedades
  anónimas y cooperativas en el marco de su competencia.

* Administrar el sistema tributario interno, asegurar la recaudación y
  efectuar su control.

* Definir el régimen aduanero nacional y velar por el cumplimiento de la
  normativa aduanera nacional e internacional en el marco del MERCOSUR y
  demás acuerdos suscritos con países o grupos de países y ejercer la
  policía aduanera.

* Proponer normas regulatorias, controlar la explotación por privados y
  administrar los juegos de azar comprendidos en el ámbito de su
  competencia.

* Administrar el catastro de los bienes inmuebles del territorio nacional
  y establecer su valor a los fines fiscales.

* Formular y conducir la política nacional en materia de comercio
  exterior, régimen de Zonas Francas y defensa del consumidor.

* Promover la radicación de inversiones extranjeras y la exportación de
  bienes y servicios, propiciando el mejoramiento de las condiciones para
  su desarrollo.

* Procurar una adecuada armonización de las políticas ministeriales con
  las fijadas por las personas jurídicas de derecho público no estatal y
  con los organismos en los cuales el Ministerio tiene representación y
  efectúa un seguimiento de resultados, mandatando la actuación de sus
  delegados.

* Coordinar la actuación del Ministerio con organismos nacionales e
  internacionales de cooperación y gestionar la obtención de recursos.

* Asesorar al Poder Ejecutivo en todas las materias propias de su
  competencia.

2. Cometidos de apoyo

* Gerenciar los recursos humanos, materiales y financieros.

* Brindar asesoramiento jurídico y específico para el funcionamiento
  ministerial, ejerciendo la defensa del Estado en aspectos vinculados con
  la Hacienda Pública.

CAPITULO III: Estructura Organizativa

1. Organización

   El Ministerio de Economía y Finanzas se integra con las siguientes
unidades ejecutoras:

001 - Dirección General de Secretaría del Ministerio de Economía y
      Finanzas
002 - Contaduría General de la Nación
003 - Auditoría Interna de la Nación
004 - Tesorería General de la Nación
005 - Dirección General Impositiva
007 - Dirección Nacional de Aduanas
008 - Dirección Nacional de Loterías y Quinielas
009 - Dirección Nacional de Catastro
011 - Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común*
013 - Dirección General de Casinos
014 - Dirección General de Comercio

   * Se proyecta su supresión dentro de un plazo de doce meses a partir de
la vigencia del presente decreto.

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo".



Inciso 05 - Ministerio de Economía y Finanzas
Unidad Ejecutora 001 - Dirección General de Secretaría del Ministerio de
Economía y Finanzas.

CAPITULO I: Objetivos Estratégicos

   La Dirección General de Secretaría del Ministerio de Economía y
Finanzas es responsable de brindar el asesoramiento y el apoyo necesarios
para la toma de decisiones por parte del Ministro y para el cumplimiento
de los cometidos sustantivos de la Secretaría de Estado.

   Coordina acciones de las restantes unidades ejecutoras que integran el
Inciso, que se relacionen directamente con los objetivos ministeriales,
así como aquéllas exigidas por una eficiente y eficaz administración de
los recursos materiales, humanos y financieros.

   Informa preceptivamente en lo concerniente a la temática de la Hacienda
Pública y lo que se relacione con la misma, en materias atribuidas a otros
Ministerios.

   Promueve que la actuación del factor humano se oriente a optimizar el
funcionamiento de los servicios a su cargo.

CAPITULO II: Cometidos

1. Cometidos

* Coordinar la gestión de las unidades ejecutoras que integran el Inciso.

* Autorizar admisiones temporarias de bienes y regímenes especiales de
  importación.

* Intervenir en asuntos relativos a la Hacienda Pública que se relacionen
  con materias atribuidas a otros Ministerios.

* Asistir a la jerarquía ministerial en su gestión económio-financiera y
  en la determinación de las políticas correspondientes.

* Ejecutar el proceso de la administración presupuestal de los Incisos 20
  a 24 del Presupuesto Nacional.

* Administrar los recursos humanos y potenciar su desarrollo para una
  eficiente y eficaz gestión, coadyuvando al cambio de cultura
  organizacional.

* Administrar los recursos materiales y financieros y mantener la
  infraestructura que permita obtener datos fehacientes en tiempo real.

* Impulsar la reingeniería de procesos y la implantación de sistemas
  computacionales con tecnología de última generación, para la adecuada
  toma de decisiones en materia de administración documental,
  planificación y control de la gestión relativa a: contabilidad
  presupuestal, patrimonial y de costos, adquisición de bienes y
  contratación de servicios, suministros y recursos humanos.

* Brindar asesoramiento jurídico y específico para el funcionamiento
  ministerial.

2. Cometidos con actividad prestacional fuera del ámbito de la
Administración Central.

* Cumplir tareas de vigilancia.
* Efectuar el mantenimiento de equipos de oficina.
* Realizar los despachos aduaneros oficiales.
* Mantener la flota de vehículos.
* Realizar la limpieza y el mantenimiento edilicio.
* Realizar las certificaciones médicas.
* Ejecutar programas de capacitación del personal.
* Realizar servicios de archivo.
* Efectuar la liquidación de sueldos.
* Brindar servicio odontológico.

CAPITULO III: Estructura Organizativa

1. Organización

   La Dirección General de Secretaría del Ministerio de Economía y
Finanzas es una unidad ejecutora del Ministerio de Economía y Finanzas.

   Su estructura organizacional se refleja en la "Organización Para el
Cumplimiento de Cometidos" adjunta, en la cual, además, se explicitan las
actividades contratadas con terceros total o parcialmente.

2. Descripción de las funciones asignadas a la Dirección y a las unidades
directamente dependientes

Dirección General

* Asistir al Ministro en aspectos relativos a la organización
administrativa y al funcionamiento del Ministerio.

* Administrar la ejecución de los cometidos de apoyo y la coordinación de
los recursos humanos, materiales y financieros, de acuerdo a las políticas
establecidas a fin de facilitar la gestión ministerial y la toma de
decisiones de la jerarquía ministerial.

Asesoría Macroeconómica y Financiera

* Programar la política macroeconómica y financiera del país y su
  instrumentación.

* Controlar el cumplimiento del programa proyectado, mantenerlo
  actualizado y corregir desvíos.

* Elaborar y mantener actualizada la base de datos económico-financieros y
  realizar análisis comparativos.

* Preparar la información necesaria para las negociaciones con organismos
  crediticios con los que el país se relaciona y efectuar el seguimiento
  de los diferentes acuerdos celebrados.

* Relevar datos y elaborar información de nivel macroeconómico, a
  solicitud de los diferentes Poderes y Organismos del Estado.

* Asesorar en la conducción económica de las diferentes áreas relacionadas
  con cometidos sustantivos del Inciso, promoción industrial, inversiones
  nacionales y extranjeras, regulación de precios, políticas comerciales,
  macroeconómicas fiscales y financiación de gastos y determinación de
  beneficios tributarios para promoción de inversiones nacionales o
  extranjeras a localizar en nuestro país.

* Elaborar diagnósticos sobre la administración de cada Unidad Ejecutora
  del Inciso, su coordinación y control para su posterior proceso de
  retroalimentación.

Asesoría en Política Comercial

* Coordinar las negociaciones del Mercado Común del Sur competentes a esta
  Secretaría de Estado, integrando las diferentes Comisiones del Grupo
  Mercado Común y el Comité de Comercio del mismo.

* Asesorar en lo concerniente a políticas comerciales del país y su
  vinculación con el área regional e internacional.

* Ejercer la Presidencia de la Comisión de Política Arancelaria por la
  cual se fijan los diferentes valores de los aranceles para los diversos
  productos a importarse.

* Analizar la fijación de precios mínimos de exportación.

* Brindar información para la defensa comercial ya sea por la salvaguarda
  de los valores, como a través de la propuesta de políticas antidumping.

Asesoría Jurídica

* Brindar asesoramiento en materia jurídica.

* Ejercer la defensa del Estado, en la materia específica del Ministerio
  de Economía y Finanzas y, en general, en aquellos aspectos vinculados
  con la Hacienda Pública.

* Realizar sumarios e investigaciones administrativas.

Asesoría Técnica

* Brindar asesoramiento en materia de recursos informáticos a efectos de
  la provisión del soporte físico y lógico de última generación que
  permitan potenciar el desarrollo de sistemas requeridos para la
  Administración y la toma de decisiones.

* Asesorar en temática multidisciplinaria y específica que así se
  determine según las necesidades del servicio.

División Administración

* Planificar los insumos de bienes y contratación de servicios, ejecutar
  los respectivos procesos y realizar estudios evaluatorios.

* Desarrollar un sistema de compras, suministros y administración de
  activos, optimizando la utilización de los recursos, instrumentar y
  ejecutar su cumplimiento.

* Canalizar los asuntos a ser diligenciados a las diversas dependencias
  y/o generados por las mismas, manteniendo información actualizada de su
  ubicación y movimientos.

* Vigilar y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias
  relativas a la administración documental.

* Analizar los requerimientos formulados en los asuntos recibidos y
  elaborar la información necesaria y/o soliciatarla a los órganos
  competentes.

* Programar la adecuada cobertura de los locales en cuanto a vigilancia y
  condiciones de seguridad.

* Asegurar la limpieza y el mantenimiento edilicio, de instalaciones y de
  vehículos, propiciando la oportuna contratación de los respectivas
  servicios.

División Recursos Humanos

* Programar las acciones requeridas para el desarrollo de la capacidad de
  los funcionarios del Ministerio, propiciando el cambio cultural frente a
  los desafíos tecnológicos.

* Mantener información actualizada a nivel de cada funcionario respecto a
  su asistencia, permanencia, situación personal, funcional, y la
  pertinente a efectos jubilatorios.

* Planificar, organizar y ejecutar las actividades relacionadas con
  reclutamiento, selección, calificación, adiestramiento, evaluación de
  desempeño y promoción de los funcionarios del Ministerio, así como su
  adecuada asignación y reasignación conforme a requisitos de los puestos
  de trabajo y requerimientos organizacionales.

* Ejercer la superintendencia en todo lo que refiere a seguridad laboral
  de los funcionarios del Ministerio.

* Realizar estudios de motivación y ausentismo.

* Asesorar sobre normas jubilatorias, realizar trámites ante el Banco de
  Previsión Social y liquidaciones pre-jubilatorias.

División Técnico Fiscal

* Analizar la documentación relacionada con admisiones o exportaciones
  temporarias y/o definitivas, emitiendo opinión al respecto.

* Estudiar y asesorar acerca de la procedencia de solicitudes de
  exoneraciones tributarias.

* Verificar el cumplimiento de requisitos legales y reglamentarios en
  solicitudes de importación de vehículos para lisiados y asesorar al
  respecto.

* Elaborar los proyectos de resolución correspondientes a la temática
  competencia de la División.

División Contabilidad y Finanzas

* Efectuar la programación de recursos y gastos de funcionamiento e
  inversión a ser propuestos para su inclusión en los proyectos de Ley de
  Presupuesto, así como en las modificaciones presupuestarias a incorporar
  en leyes de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal.

* Formular en coordinación con la Tesorería General de la Nación, el
  Programa Anual de Caja (P.A.C.) mensualizado a nivel de Unidad
  Ejecutora, a efectos de la fijación de topes financieros para gastos y
  administrar su ejecución.

* Mantener información actualizada sobre la ejecución del P.A.C. para la
  oportuna solicitud de ajustes que pudieran corresponder y para el
  control de la gestión financiera a cargo del Contador Central de la
  Contaduría General de la Nación.

* Efectuar la registración contable y proporcionar los datos fuente para
  el Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.I.F.), como
  responsable frente al Contador Central de la Contaduría de la Nación.

* Ejecutar los procesos inherentes al sistema de pagos de obligaciones y
  retenciones legales.

* Ejecutar las diversas etapas comprendidas en la administración
  presupuestal, conforme a normativa vigente, incluidos los
  correspondientes a los Incisos 20 a 24 del Presupuesto Nacional.

* Coordinar la liquidación de haberes.

* Instrumentar y ejecutar el proceso de ingreso de recursos de toda
  naturaleza.

* Mantener información actualizada relativa a bienes de activo fijo.

* Instrumentar medidas requeridas para la seguridad de fondos y valores a
  su cargo.

* Efectuar la coordinación técnica de las contadurías de las unidades
  ejecutoras.

Departamento Acuerdos

* Brindar la infraestructura operativa requerida por la Secretaría de
  Estado para el cumplimiento de normativa que regula aspectos formales de
  los proyectos que se presentan a aprobación del Poder Ejecutivo.

* Mantener información actualizada de los actos administrativos aprobados
  y canalizarlos a los órganos competentes.

3. Actividades con ejecución total o parcial a cargo de terceros

* Cumplir tareas de vigilancia.
* Efectuar el mantenimiento de equipos de oficina.
* Efectuar el mantenimiento edilicio y de la flota de vehículos.
* Realizar los despachos aduaneros oficiales.

  Estas actividades son contratadas con terceros. La definición de
términos contractuales y el control de su cumplimiento está a cargo de la
División Administración.

* Realizar la limpieza edilicia.
* Realizar servicios de archivo.

  Estas actividades serán contratadas en forma parcial con terceros. La
contratación de los servicios mencionados estará condicionada a un previo
análisis de costo-beneficio. La definición de términos contractuales y el
control de su cumplimiento estará a cargo de la División Administración.

* Efectuar la liquidación de sueldos.

  Estas actividades serán contratadas en forma parcial con terceros en la
medida que se organice la infraestructura necesaria para centralizar en la
Dirección General de Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas, los
cometidos de apoyo de las unidades ejecutoras indicados en el Decreto Nº
186/96. La contratación de los servicios mencionados estará condicionada a
un previo análisis de costo-beneficio. La definición de términos
contractuales y el control de su cumplimiento estará a cargo de la
División Contabilidad y Finanzas.

* Ejecutar programas de capacitación del personal.

  Estas actividades serán contratadas en forma total con terceros. La
definición de términos contractuales y el control de su cumplimiento
estará a cargo de la División Recursos Humanos.

* Realizar las certificaciones médicas.

  Estas actividades son realizadas por el Ministerio de Salud Pública. Se
prevé un reanálisis a efectos de determinar la conveniencia de su
cumplimiento por otro servicio similar, previo un estudio de
costo-beneficio. Los términos contractuales y el control de su
cumplimiento está a cargo de la División Recursos Humanos.

* Brindar servicio odontológico.

  Se prevé su contratación con terceros, condicionada a un resultado
positivo de la evaluación costo-beneficio. La definición de términos
contractuales y el control de su cumplimiento estará a cargo de la
División Recursos Humanos.

CAPITULO IV: Estructura de Puestos de Trabajo

1. Naturaleza del vínculo funcional de la dirección de las unidades
organizacionales que se indican:

Dirección General

   -Director General de Secretaría: cargo de particular confianza.

   -Dos Adscriptos a la Dirección General: artículo 9º Ley Nº 16.320 de 1º
de noviembre de 1992.

   -Dos funciones: Asistente de la Gestión Interna y Coordinador de la
Gestión Interna, consecuentes del cambio de denominación de lo previsto
por los artículos 224 de la Ley Nº 15.809 de 8 de abril de 1986, 96 de la
Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987 y Decreto Nº 438/993 de 8 de
octubre de 1993, siendo de aplicación, en lo pertinente, lo dispuesto por
el artículo 227 de la Ley Nº 15.809.

Asesoría Técnica

   Se prevé la creación de dos funciones de Alta Especialización.

   Requieren: para el área de Informática, formación de nivel terciario,
con probados conocimientos y especialización en desarrollo de software
para trabajo en redes y en administración y auditoría de sistemas
informáticos y para la restante, formación completa de nivel terciario,
con probado conocimiento específico en el área que se defina como objeto
de asesoramiento.

Asesoría Macroeconómica y Financiera

   Se prevé la creación de una función de Alta Especialización. Requiere
que quien la desempeñe posea: formación completa de nivel terciario
universitario en Economía con especialización en Macroeconomía y Finanzas
Públicas, conocimientos en materia tributaria y de ordenamiento del gasto
público y experiencia relevante en análisis de coyuntura económica,
nacional e internacional, en programación financiera y control de
ejecución y en mecanismos de préstamos y convenios con organismos
internacionales.

Divisiones y Departamentos

   División Recursos Humanos - función de Alta Especialización. Requiere
que quien la desempañe, posea formación completa de nivel terciario en
ciencias que comprendan la relación laboral, experiencia en técnicas de
administración de personal, así como probado conocimiento y experiencia en
el gerenciamiento de los recursos humanos y en la implementación de planes
de capacitación.

   División Contabilidad y Finanzas - función de Alta Especialización.
Requiere que quien la desempañe, posea formación completa universitaria de
nivel terciario en ciencias económicas, así como probado conocimiento y
experiencia en el gerenciamiento financiero de unidades similares.

   Las restantes direcciones de División y Departamento se definen con
naturaleza de cargo o función contratada, según corresponda.

2. Cantidad de puestos de trabajo

   La reformulación organizativa se efectuó a partir de una estructura con
309 puestos de trabajo.

   En nómina adjunta se detallan los puestos de trabajo ya identificados
como excedentarios, que responden a causales dispuestas por la Ley 16.736
del 5 de enero de 1996 y totalizan 79, así como los correspondientes al
artículo 32 que ascienden a 11.

   Se incluye además la nómina de puestos de trabajo de la ex Unidad
Ejecutora "Dirección Nacional de Comercio y Defensa del Consumidor",
correspondientes a declaraciones de excedencia, que totalizan 24.

   Se prevé que los servicios a contratar con terceros, involucren en el
orden de 7 puestos de trabajo.

   Los cargos y funciones contratadas que son declarados excedentarios de
acuerdo al artículo 719 y siguientes de la Ley Nº 16.736 responden a
cometidos que no concuerdan con los de la Unidad Ejecutora, con la
definición de la nueva estructura de puestos de trabajo y/o con los
perfiles necesarios.

CAPITULO V: Plan de implantación

1. Contratación con terceros de otros servicios

   Primer semestre a partir del cumplimiento del plazo previsto por el
Art. 730 de la Ley Nº 16.736 - Iniciación de estudios de viabilidad
basados en análisis de costo-beneficio de los servicios a ser contratados
total o parcialmente con terceros, a efectos de su posterior puesta en
funcionamiento.

   Segundo semestre a partir del cumplimiento del plazo previsto por el
artículo 730 de la Ley Nº 16.736 - Organización de la infraestructura
requerida para la centralización de cometidos de apoyo en la Dirección
General de Secretaría.

   Las economías anuales resultantes de la reformulación organizativa que
se aprueba podrán aplicarse al mejoramiento del sistema de retribución al
personal de mayor responsabilidad y especialización, así como a las
funciones de Alta Especialización y Gerencia; a la equiparación salarial
tendiente a corregir iniquidades de remuneraciones existentes; a
fortalecer la capacidad del Inciso o Unidad Ejecutora para cumplir con sus
cometidos sustantivos originados en contrataciones con terceros y
redistribuciones de cometidos y personal; y el pago de premios por
desempeño excelente y muy bueno.

   Del total de economías anuales se destinará como mínimo un 5% (cinco
por ciento) al pago de premios por desempeño excelente y muy bueno.

2. Definición de la nueva estructura de puestos de trabajo y designación
de sus titulares

   Primera etapa: hasta 60 días después de cumplido el plazo establecido
por el artículo 730 de la Ley Nº 16.736 - Iniciación de procesos
requeridos para la contratación de los titulares de funciones de Alta
Especialización de acuerdo con el Decreto Nº 303/996 de 31 de julio de
1996.

   Segunda etapa: hasta 120 días después de cumplido el plazo establecido
por el artículo 730 de la Ley Nº 16.736 - Análisis de funcionamiento de la
nueva organización e instrumentación de ajustes que requiera.

   Tercera etapa: hasta 150 días después de cumplido el plazo establecido
por el artículo 730 de la Ley Nº 16.736 - Definición de la nueva
estructura de puestos de trabajo especificando la naturaleza del vínculo
funcional, escalafón, grado, denominación, serie y retribución.

   Cuarta etapa: hasta 90 días a partir de la aprobación de la nueva
estructura de puestos de trabajo - Desarrollo de procesos requeridos para
la propuesta de designación de los funcionarios correspondientes.

   A medida que se vayan concretando los procesos de reformulación
organizativa señalado, se adecuarán los puestos de trabajo para cumplir
con los cometidos de la Dirección General de Secretaría declarando
excedentarios los restantes.

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo".


Inciso 05: Ministerio de Economía y Finanzas

NOMINA DE PUESTOS DE TRABAJO CORRESPONDIENTES A DECLARACIONES DE
EXCEDENCIA (LEY Nº 16.736)

Artículo 723

Cantidad    Escalafón   Grado   Denominación          Serie
   2            C         07    Jefe de Sección       Administrativo
   1            C         04    Administrativo I      Administrativo
   3            C         03    Administrativo II     Administrativo
   2            C         02    Administrativo III    Administrativo
   1            D         03    Especialista X        Ventas
   4            D         02    Especialista XI       Ventas
   1            F         07    Auxiliar III          Almacenes
   2            F         01    Auxiliar III          Servicios
  16

Artículo 724

Cantidad    Escalafón   Grado   Denominación          Serie
   1            D         10    Especialista III      C. Económicas

Artículo 727

Cantidad    Escalafón   Grado   Denominación          Serie
   2            D         02    Especialista XI       Ventas
   1            E         02    Oficial III           Tipógrafo
   1            F         05    Capataz II            Almacenes
   2            F         02    Auxiliar II           Servicios
   1            F         01    Auxiliar III          Servicios
   7

Inciso 05: Ministerio de Economía y Finanzas
Unidad Ejecutora 001 -  Dirección General de Secretaría del Ministerio
de Economía y Finanzas

NOMINA DE PUESTOS DE TRABAJO CORRESPONDIENTES A DECLARACIONES DE
EXCEDENCIA Y A RETIROS INCENTIVADOS (LEY Nº 16.736)

Artículo 723

Cantidad    Escalafón   Grado   Denominación              Serie
   6            A         13    Asesor IV                 Profesional
   1            A         12    Asesor V                  Profesional
   1            C         13    Sub Director de División  Administrativo
   2            C         11    Jefe de Sección           Administrativo
   1            C         09    Jefe de Sector            Administrativo
   4            C         07    Administrativo II         Administrativo
   1            C         06    Administrativo III        Administrativo
   1            D         14    Especialista I            Especialización
   1            D         09    Especialista VI           Especialización
   1            D         08    Especialista VII          Especialización
   1            F         08    Encargado                 Servicios
   1            F         06    Auxiliar II               Servicios
   21

Artículo 724

Cantidad    Escalafón   Grado   Denominación              Serie
   1            A         16    Director                  Contador
   2            C         14    Director de División      Administrativo
   2            C         11    Jefe de Sección           Administrativo
   1            C         10    Jefe de Sección           Administrativo
   1            C         10    Sub Jefe de Sección       Administrativo
   1            C         06    Administrativo III        Administrativo
   1            E         07    Oficial III               Oficios
   1            F         09    Intendente                Servicios
   3            F         08    Encargado                 Servicios
   2            F         06    Auxiliar II               Servicios
   15

Artículo 32

Cantidad    Escalafón   Grado   Denominación              Serie
   1            C         14    Director de División      Administrativo
   1            C         13    Sub Director de División  Administrativo
   2            C         12    Jefe de Departamento      Administrativo
   2            C         10    Sub Jefe de Sección       Administrativo
   1            C         09    Jefe de Sector            Administrativo
   1            C         08    Administrativo I          Administrativo
   1            E         07    Oficial III               Oficios
   2            F         07    Auxiliar I                Servicios
   11

Artículo 727

Cantidad    Escalafón   Grado   Denominación              Serie
   1            A         15    Asesor II                 Abogado
   1            A         11    Asesor IV                 Contador
   2            A         10    Asesor VII                Profesional
   2            A         08    Asesor VIII               Abogado
   1            A         08    Asesor IX                 Abogado
   1            B         07    Técnico VIII              Técnico
   2            C         14    Director de División      Administrativo
   2            C         12    Jefe de Departamento      Administrativo
   4            C         11    Jefe de Sección           Administrativo
   1            C         10    Sub Jefe de Sección       Administrativo
   1            C         08    Administrativo I          Administrativo
   1            C         07    Administrativo II         Administrativo
   2            C         06    Administrativo III        Administrativo
   3            C         04    Administrativo V          Administrativo
   2            C         03    Administrativo VI         Administrativo
  10            C         02    Administrativo VII        Administrativo
   1            D         13    Especialista II           Especialización
   1            D         10    Especialista IV           Especialización
   1            D         08    Especialista VII          Especialización
   1            D         06    Especialista IX           Especialización
   1            D         05    Especialista X            Especialización
   1            F         07    Auxiliar I                Servicios
   1            F         01    Auxiliar VII              Servicios
  43
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