PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
En el caso de Predios Mixtos (establecimientos de producción lechera y de carne), la habilitación o refrendación del establecimiento lechero, deberá incluir las pruebas establecidas en el Art. 3° del presente decreto, a la totalidad de los animales susceptibles, de carne y de leche.Ayuda